TSJ elimina cuatro juzgados especiales de terrorismo y distribuye sus causas entre tribunales ordinarios

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The Daily Journal.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela eliminó la competencia especial en materia de terrorismo que tenían cuatro juzgados de primera instancia de Caracas y dispuso que los procesos penales relacionados con estos delitos sean distribuidos entre los tribunales de control ordinarios de todo el país.

La medida está contenida en la Resolución 2026-0010, fechada el 13 de octubre y firmada por la presidenta del máximo tribunal, Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez.

La decisión suprime la competencia nacional especializada de los tribunales 30, 49, 52 y 13 de primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que también actuaban como los juzgados especiales primero, segundo, tercero y cuarto en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo.

Según el artículo 3 de la resolución, el conocimiento, la sustanciación y la decisión de los procesos penales en las fases de investigación e intermedia por delitos contemplados en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo corresponderán a la totalidad de los juzgados de primera instancia estadales en funciones de control de los distintos circuitos judiciales penales del país.

Los nuevos casos deberán distribuirse equitativamente entre esos tribunales, de acuerdo con las reglas ordinarias de competencia por materia, territorio y conexión procesal establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal.

La resolución también establece un régimen transitorio para la redistribución de los expedientes en fase de investigación preparatoria. Los juzgados cuya competencia especial fue suprimida podrán conservar temporalmente el conocimiento de aquellas causas en las que estén en curso operaciones encubiertas, entregas controladas, interceptaciones telefónicas en tiempo real o medidas cautelares urgentes aún no ejecutadas.

En esos supuestos, el tribunal deberá culminar la diligencia o el procedimiento urgente en curso y tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para informar al Ministerio Público, según el texto.

El TSJ ordenó, además, que los expedientes con actuaciones confidenciales sean remitidos bajo mecanismos especiales de resguardo y entrega personal, y dispuso la notificación inmediata del cese de funciones jurisdiccionales de los jueces de los despachos afectados, con las excepciones previstas en el régimen transitorio.

En los considerandos de la resolución, el máximo tribunal justifica la reorganización como parte de sus atribuciones de dirección y administración del Poder Judicial. También señala la necesidad de fortalecer el control judicial de las investigaciones y evitar que causas relacionadas con delitos asociados al terrorismo lleguen a juicio sin una calificación jurídica adecuada, en detrimento de las garantías procesales y del derecho a la defensa.

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