The Daily Journal.— El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), emitió el viernes una medida regulatoria que autoriza de manera temporal las transacciones financieras y comerciales destinadas a operaciones de asistencia y ayuda humanitaria ante emergencias sísmicas en Venezuela.
La decisión quedó oficializada bajo la Licencia General N.º 60A dentro del marco de las Regulaciones sobre Sanciones a Venezuela (VSR, por sus siglas en inglés, 31 CFR parte 591). Según el texto oficial suscrito por el director de la OFAC, Bradley T. Smith, «todas las transacciones relacionadas con las labores de socorro por terremotos en Venezuela que, de otro modo, estarían prohibidas por las Regulaciones sobre Sanciones a Venezuela, 31 CFR parte 591 (VSR), quedan autorizadas hasta las 12:01 a.m., hora de verano del este, del 21 de abril de 2027».
El mecanismo habilitado por la administración estadounidense facilita la intermediación bancaria internacional para canalizar ayuda hacia el país sudamericano. En una nota complementaria, la ordenanza aclara que el alcance del permiso «incluye el procesamiento o la transferencia de fondos en nombre de personas de terceros países hacia o desde Venezuela en apoyo a las transacciones autorizadas». Asimismo, el documento establece que las entidades financieras y los transmisores de dinero registrados en EE. UU. «podrán basarse en el remitente de una transferencia de fondos en lo que respecta al cumplimiento» de la normativa, siempre que no tengan motivos fundados para determinar irregularidades.
No obstante, el despacho del Tesoro delimitó el alcance estricto del alivio administrativo al precisar que la medida «no autoriza el desbloqueo de ninguna propiedad bloqueada de conformidad con las VSR», así como tampoco ampara «ninguna otra transacción o actividad prohibida por cualquier otra orden ejecutiva o por cualquier parte del capítulo V del 31 CFR que no esté mencionada expresamente en esta licencia general».
Con esta disposición, que entró en vigor el 16 de octubre de 2026, la Licencia General N.º 60 fechada originalmente el 25 de junio de 2026 «queda reemplazada y sustituida en su totalidad por esta Licencia General N.º 60A», extendiendo el marco operativo para los actores y organizaciones que canalizan asistencia logística y financiera en zonas afectadas.


