El vuelo sobre el Sarisariñama

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José Leonardo Salazar

La reciente difusión de imágenes que muestran un vuelo en helicóptero, con fines publicitarios, sobre el remoto Tepuy Sarisariñama, ubicado en el estado Bolívar, ha vuelto a encender las alarmas de la comunidad científica y los ambientalistas en el país. El incidente, que involucra actividades con fines comerciales y de promoción turística, ha reabierto un debate profundo sobre el verdadero propósito de los parques nacionales y la fragilidad del marco legal que debería protegerlos.

Las imágenes del sobrevuelo en el Sarisariñama, han reavivado las dudas sobre el impacto del turismo no regulado en los ecosistemas más protegidos y vulnerables de Venezuela.

De acuerdo con el ordenamiento jurídico venezolano, los parques nacionales no son meros destinos de recreación masiva. Tienen funciones estratégicas vitales como la conservación de la biodiversidad, el resguardo del patrimonio genético y la protección de funciones ambientales clave como el agua y la regulación del clima.

El Parque Nacional Jaua-Sarisariñama, creado en 1978, es una de las áreas que deben ser más protegida, debido a sus monumentales depresiones kársticas, únicas en el mundo, como la Sima Humboldt. Al albergar ecosistemas endémicos, que han evolucionado de forma aislada por millones de años, cualquier intervención humana descuidada e irresponsable, puede acarrear la pérdida irreparable de especies de flora y fauna, que no existen en ninguna otra parte de la Tierra.

Los sobrevuelos turísticos bajos y los aterrizajes de helicópteros privados civiles, están estrictamente restringidos debido al destructivo impacto acústico que generan. El ensordecedor ruido de los rotores provoca un estrés extremo en la fauna nativa, alterando sus ciclos de vida y nidificación. El ordenamiento jurídico venezolano solo concibe excepciones para el uso de estas aeronaves en misiones de salvamento, control ambiental o investigaciones científicas, previamente aprobadas por el Instituto Nacional de Parques (Inparques) y el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC).

Expertos de organizaciones ambientales señalan que la constante exposición en redes sociales de estos parajes inaccesibles, bajo la etiqueta de «turismo de aventura», corre el peligro de enviar un mensaje equivocado: los parques nacionales no son parques de atracciones al estilo Disney World. La flexibilización de los controles y la falta de transparencia en los permisos de Inparques han transformado estas zonas protegidas, en ocasiones, en territorios donde los límites no están claros.

La Constitución deja claro en su artículo 127, el deber ciudadano de salvaguardar el ambiente para las generaciones futuras. Por ello, las voces de la comunidad científica no exigen el aislamiento total del país, sino el cumplimiento irrestricto de la ley, auditorías ecológicas transparentes y un freno definitivo a la mercantilización de los ecosistemas más antiguos del continente.

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