Tribunal Electoral de Brasil da plazo a Meta para demostrar equidad en distribución de contenidos por elecciones

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Xinhua – El juez Marco Aurélio Bellizze, del Tribunal Superior Electoral (TSE) de Brasil, dio 24 horas a la empresa tecnológica Meta, propietaria de WhatsApp, Facebook e Instagram, para comprobar que cumplió con la adopción de medidas para garantizar equidad en la distribución de contenidos políticos, previo la segunda vuelta electoral del próximo 25 de octubre.

De acuerdo con Bellizze, los plazos ya se agotaron y no le corresponde a la empresa global fijar los suyos por cuenta propia, diferentes a los establecidos por el TSE.

«La sustitución unilateral de los plazos fijados por el juzgado equivale a un incumplimiento, sobre todo en un proceso que depende del tiempo», señaló la resolución.

En caso de que la empresa no compruebe el cumplimiento integral de las medidas dispuestas por el TSE, la multa diaria aumentará de 500.000 reales (100.000 dólares) a un millón de reales (200.000 dólares). La semana pasada, el TSE atendió una solicitud del equipo de campaña del presidente Luiz Inácio Lula da Silva, quien busca la reelección, al acusar a la empresa de restringir de manera selectiva publicaciones vinculadas a preferencias políticas, así como incumplir obligaciones previstas en la legislación electoral.

El equipo de campaña cuestionó también limitaciones en la difusión de mensajes de campaña y posibles diferencias en el trato otorgado a las candidaturas. En tanto, representantes del candidato opositor, Flávio Bolsonaro, del Partido Liberal (PL), presentaron también reclamos de afectaciones.

Entre los reclamos está la solicitud de análisis de los anuncios de las dos candidaturas que disputan la Presidencia, investigar posibles redes de perfiles falsos o no auténticos, así como informar sobre contenidos producidos o alterados de manera artificial. El juez electoral determinó además que la empresa presente informes en portugués y de forma individual sobre anuncios políticos, además de comprobar las medidas tomadas respecto a las restricciones.

Según la decisión, uno de los informes contenía términos en idioma extranjero y no diferenciaba de forma clara las medidas ejecutadas por determinación judicial respecto a las adoptadas por iniciativa de la empresa.

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